Convenio
¿Qué es un convenio con la administración pública?
Un convenio administrativo, es un acuerdo suscrito por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público entre sí o con sujetos de naturaleza privada para perseguir y/o alcanzar un objeto común.
Normativamente, el artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en lo sucesivo, LRJSP) lo define disponiendo que “Son convenios los acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común.”
Su regulación, por consecuencia, viene estipulada en los artículos 47 a 53 de la LRJSP, los cuales se encuentran incardinados en su Capítulo VI. Sin embargo, hemos de decir que la naturaleza y su régimen jurídico ha de ser ajustada a lo previsto en la Ley de contratos del Sector Público (en adelante, LCSP).