La instalación de placas solares supone un ahorro del consumo energético y una implementación de un modelo de energía sostenible. Es por ello que muchas comunidades de propietarios se plantean su instalación.
Instalar placas solares en comunidades de vecinos es una medida que puede servir para impulsar el autoconsumo colectivo y mejorar la eficiencia energética de la comunidad. Para adoptar esta medida, es preciso tener el respaldo de los vecinos. En caso de que las placas solares sean para toda la comunidad, su instalación requiere que se vote en una junta de vecinos, según indica la Ley de Propiedad Horizontal tras su última modificación. En esa votación, se requerirá el voto favorable de la mayoría simple de los propietarios, que, a su vez, representen la mayoría simple de las cuotas de participación. En caso de aprobación, los costes de instalación y mantenimiento de las placas solares serán considerados como gastos generales y, por lo tanto, abonados de forma proporcional por todos los vecinos.
Tipos de instalación para autoconsumo colectivo
• Para cubrir el consumo eléctrico de las zonas comunes del edificio (ascensor, escalera, garaje…): La propiedad de la instalación corresponde a la comunidad de propietarios.
• Para las viviendas y zonas comunes: Cubrirá las necesidades del edificio además de distribuir energía a los hogares. La instalación de autoconsumo también será comunitaria.
• Para las viviendas: La energía cubre el gasto que realizan los vecinos en sus hogares. La instalación será propiedad de los vecinos que participan de ella. Este tipo de instalaciones necesitan un contador que controla cuánta energía se genera y a quién se reparte.
Reparto de los costes
Una de las decisiones que debe adoptar la comunidad al instalar placas solares es cómo se va a pagar la instalación y cómo se va a distribuir la energía que produzca. En el acta de la junta de la comunidad de propietarios tiene que quedar registrado tanto el acuerdo de participación económica, como el reparto de la energía entre los participantes.
Hay ocasiones en que las comunidades producen un excedente, cuando generan más energía de la que consumen. En estos casos, se puede solicitar
una compensación del excedente en la factura. Si la instalación va a funcionar con este sistema de compensación, debe notificarlo y pactar las condiciones de compensación con la comercializadora y realizar el alta en el registro de autoconsumo.
Coste de la inversión
El coste de la instalación de placas solares variará en función de la empresa comercializadora que se contrate. Por ello, es recomendable que las comunidades realicen una comparativa en el mercado solicitando presupuestos a distintas compañías.
El uso de placas solares repercutirá también en la factura de la electricidad de los vecinos participantes. En la facturación, pueden darse tres supuestos:
• Toda la energía que se ha usado proviene de la propia instalación de placas solares, por lo que no se consume nada de la red general. En la factura se incluirán los costes fijos del contrato con la comercializadora.
• El consumo es mayor a la cuota atribuida. En este caso, se toma la energía que falta de la red de la compañía eléctrica, por lo que este consumo aparecerá reflejado en la factura.
• El consumo es menor de lo que se produce. En este caso, el consumidor vierte energía a la red. Si se ha negociado en la contratación con la comercializadora, puede generarse un excedente de energía que se compensará en la siguiente factura.
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